Por: José Casimiro Ordaz.
Fotos: Nelda Ríos.
12/Abril/14 Rio Bravo,
Tam. El Lic. Alberto Pérez Peña Presidente
Actual de la Junta Local #4 de Conciliación y Arbitraje de la Ciudad de Reynosa
Tamaulipas dijo que estaba muy contento y que sus compañeros le habían dado una
bienvenida muy agradable y en cuestión de trabajo nos dio un informe de cómo
encuentra a la Junta local y dijo que la encontró con mucho trabajo y muchos
expedientes que se están ventilando bajo la figura de la ley federal del
trabajo con sus reformas así como los expedientes ya iniciados antes de la
Reforma.
Están con la instrucción por
parte del Secretario de Trabajo Lic. Rolando Guevara de abatir rezago y promover
entre los litigantes la etapa de conciliación, procurar que las partes lleguen
a un acuerdo y solucionar los conflictos sin necesidad de desahogar el juicio
laboral por todas sus etapas y con ello despresurizar la carga de trabajo que
tienen las juntas.
Dijo que con la Nueva Reforma
todos los asuntos que son presentados ante la Junta en fechas recientes a
partir de la Reforma el patrón tiene la certeza del impacto económico que le
representa una demanda en su contra ante ese conocimiento del impacto económico
puede llegar a hacer un ofrecimiento a la parte obrera y llegar a conciliar el
expediente sin la necesidad de desahogar el juicio.
Dijo que los trabajadores siguen
reclamando en sus demandas la indemnización constitucional o la reinstalación
en sus trabajos argumenta la mayoría un despido injustificado esta es la
demanda de la mayoría de los asuntos hay en la Junta de Conciliación.
Informo que no hay un incremento
desmedido pero se sigue con una tendencia a mantener los números que
habitualmente se manejan pero lo que sí han visto es un incremento en los
convenios que van a celebrar trabajadores y patrones para terminar las
relaciones de trabajo bajo mediante el pago de indemnización.
El beneficio que obtiene el
trabajador es que va a recibir íntegramente su dinero en un corto tiempo, cabe
mencionar que la autoridad laboral cuenta con conciliadores y con procuradores
de la defensa del trabajo cuyo servicio es totalmente gratuito, el trabajador
no debe de pagar un solo centavo por la intervención del procurador de la
defensa del trabajo o por los conciliadores.
Cuando se llega a la junta a
celebrar un convenio con su patrón por terminación de la relación de trabajo y
que se encuentren asistidos por la conciliadora o por los procuradores de la
defensa del trabajo el servicio proporcionado por ellos es gratuito.
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